Apenas dos semanas después de que la Conselleria de Agricultura estableciera medidas obligatorias para detener la rápida expansión de la plaga de cuarentena Scirtothrips aurantii Faure, este lunes ha publicado en el DOGV otra resolución por la cual actualiza el avance de otro trips, el Scirtothrips dorsalis Hood, y adopta de nuevo medidas urgentes para su control. Por ello, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) reitera a la Generalitat Valenciana que ponga en marcha una línea extraordinaria de ayudas, a través de pagos o el reparto de productos fitosanitarios y trampas, para que los agricultores afectados lleven a cabo las actuaciones impuestas.
Asimismo, considera que la Administración debería definir, comunicar y facilitar la implantación de una estrategia de lucha conjunta para prevenir y combatir para cada cultivo todos los trips presentes en la agricultura valenciana. "El sector desconoce si para hacer frente a cada trips hay que emplear los mismos productos fitosanitarios, las mismas dosis, en las mismas fechas o los mismos métodos de lucha", afirma el presidente de AVA-ASAJA, Cristóbal Aguado.
Scirtothrips dorsalis Hood fue detectada en España por primera vez en 2016 en Alicante, procedente de importaciones de países terceros, y se ha ido expandiendo a Murcia, Almería y Granada. La resolución publicada ayer constata que la plaga también se ha detectado en cítricos y granadas de 48 municipios de las tres provincias de la Comunitat Valenciana.
Las medidas obligatorias de erradicación en plantaciones al aire libre o invernaderos asignadas por la Conselleria de Agricultura son: realización de tratamientos fitosanitarios contra la plaga sobre la totalidad de los vegetales hospedantes con los productos autorizados para su control, se deberán aplicar un mínimo de dos tratamientos consecutivos con un intervalo de dos a tres semanas alternando las sustancias activas de modos de acción diferentes, teniendo en cuenta la fenología del cultivo y respetando los condicionamientos y restricciones establecidos por la legislación vigente; instalación de trampas adhesivas cromotrópicas; y proceder a la inspección y limpieza de herramientas, maquinaria y vehículos utilizados en terrenos con especies hospedantes infestadas o empleados para el transporte de frutos, para evitar el movimiento accidental del organismo.
En el caso de los viveros, así como almacenes y centros de distribución, la normativa obliga a realizar tratamientos fitosanitarios que aseguren la correcta eliminación de la plaga de todos los lotes de ramas y flores cortadas con hojas y vegetales hospedantes contaminados o, en el caso de que no sea posible la aplicación de dichos productos fitosanitarios, destrucción de los mismos; inspeccionar el material vegetal de vivero, ramas y flores cortadas con hojas del almacén o centro de empaquetado y distribución; garantizar que el material vegetal que salga de sus instalaciones esté libre del citado organismo nocivo, por lo que deberán realizar tratamientos fitosanitarios en el momento más próximo a la posible comercialización; e instalación de trampas adhesivas cromotrópicas.
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